Enviar a un trabajador a España sin cambiarlo de régimen de seguridad social responde a un marco preciso, que depende ante todo de la relación entre el país de salida y España.
Un desplazamiento mal preparado no se repara después: los organismos locales reclaman la prueba de la vinculación al régimen de origen en el momento de la inspección, y un trabajador sin cobertura pasa retroactivamente al régimen local, con cotizaciones y recargos incluidos. Los trámites de entrada, la duración admitida y las comunicaciones previas se resuelven con un corresponsal establecido allí.
El país es miembro de la Unión Europea. Un trabajador desplazado desde otro Estado miembro sigue vinculado a su régimen de origen en las condiciones fijadas por los reglamentos europeos de coordinación, y el certificado A1 expedido por el organismo del país de salida lo acredita. Este documento se reclama en las inspecciones sobre el terreno: se solicita antes de la salida, nunca después.
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